Extensión Udelar

La extensión es una de las tres funciones de la Universidad de la República, que permite orientar líneas de investigación y planes de enseñanza.

Diferentes puntos de vista existen sobre lo que es y debe ser la extensión. Algo similar sucede en relación a la enseñanza y a la investigación. Ello no es perjudicial, sino todo lo contrario, porque en toda actividad humana relevante el eventual dominio de un “pensamiento único” adormece, embota, rutiniza y empobrece. La Universidad tiene que ser ámbito de permanente y fermental debate.

Arocena, R. (2017)

Art. 2
Ley Orgánica de la Udelar
La Universidad tendrá a su cargo la enseñanza pública superior en todos los planos de la cultura, la enseñanza artística, la habilitación para el ejercicio de las profesiones científicas y el ejercicio de las demás funciones que la ley le encomiende. Le incumbe asimismo, a través de todos sus órganos, en sus respectivas competencias, acrecentar, difundir y defender la cultura; impulsar y proteger la investigación científica y las actividades artísticas y contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública; defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno.
2009
Consejo Directivo Central (CDC)
Se entiende a la extensión como “un proceso educativo transformador donde no hay roles estereotipados de educador y educando, donde todos pueden aprender y enseñar. (…) Contribuye a la producción de conocimiento nuevo, que vincula críticamente el saber académico con el saber popular, (…) que tiende a promover formas asociativas y grupales que aporten a superar problemáticas significativas a nivel social (…) es una función que permite orientar líneas de investigación y planes de enseñanza, generando compromiso universitario con la sociedad y con la resolución de sus problemas. En su dimensión pedagógica constituye una metodología de aprendizaje integral y humanizadora”.

Prorrectorado de Extensión y Programas Integrales

Nivel de conducción política de la función:

Prorrector

Rafael Paternain
Rafael Paternain

Dr. en Sociología

Este ámbito del prorrectorado tiene como responsabilidad el diseño, la implementación y la evaluación de la política de extensión e integralidad que define el Consejo Directivo Central.

Comisión Sectorial de Extensión y Programas Integrales

La Comisión Sectorial de Extensión y Programas Integrales es
un órgano central de cogobierno universitario que promueve las tareas de
interacción de la Udelar con la sociedad. Difunde la cultura,
contribuye al estudio de los problemas de interés general y a su
comprensión pública, defiende los principios de justicia, libertad,
bienestar social, los derechos humanos y la democracia. Además, procura
que la Udelar tenga un estrecho vínculo con el medio. Se caracteriza por
un marcado compromiso con los problemas de país, el desarrollo social y
la generación de acciones y conocimiento de alto nivel académico. La
CSEAM está integrada por representantes del cogobierno de los órdenes
universitarios y un representante de cada una de las áreas de
conocimiento de la Udelar.

Nivel de desarrollo, promoción y apoyo a la extensión e integralidad:

Departamento de Extensión y Programas Integrales

La prioridad funcional deberá estar orientada al desarrollo programático y la construcción de instrumentos para la promoción y evaluación de la política sectorial. Las tareas vinculadas con la investigación, la enseñanza y la extensión deberán definirse según prioridades y necesidades que surjan de los planes estratégicos, y según perfiles, preferencias y acumulaciones por parte de los docentes.

El nivel de la ejecución a través de programas integrales:

Programas integrales

El Programa APEX es un programa interdisciplinario integral de proyección social y comunitaria que trabaja desde 1993 en procura de la concurrencia conjunta, integrada y coordinada de los servicios universitarios al territorio de la zona del Cerro y sus aledaños. A partir de su nueva ordenanza aprobada en 2014, extiende su territorio de actuación a toda la zona comprendida geográficamente por el Municipio A.

El Programa Integral Metropolitano (PIM) fue creado en el año 2008, a través del Plan Estratégico de la Universidad de la República (PLEDUR) 2005-09, que establece la creación de programas integrales como proyecto institucional. En este caso, el carácter integral del Programa es sustentado en el desarrollo de proyectos que procuran la articulación de procesos de extensión con experiencias de enseñanza e investigación, de forma interdisciplinaria y participativa. Su adjetivación como metropolitano radica en su extensión territorial, que abarca los Municipios E y F de Montevideo y el Municipio de Barros Blancos del departamento de Canelones.

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